La Oferta Pública de Compra de Acciones ha tenido un fuerte impacto en nuestro mercado de valores.
El marco legal del tema de las OPA está contenido en el Título VIII, artículos 94 al 103 del Decreto Ley Nº1 de 8 de julio de 1999, con carácter de urgencia se emitieron los Acuerdos Nº4 de 16 de mayo de 2000 y Nº9 de 26 de mayo de 2000 para reglamentar el procedimiento en las OPA’s. Con más calma se está trabajando en un nuevo reglamento que estará para consulta de los gremios interesados en este mes.
INTRODUCCIÓN
LAS ESTRATEGIAS FINANCIERAS DE LAS EMPRESAS ESTAN DISEÑADAS PARA INCREMENTAR LA RIQUEZA DE LOS ACCIONISTAS, LAS FORMAS DE ALCANZAR ESTE PROPÓSITO ES A TRAVES DE LA COMPRA Y VENTA DE ACCIONES.
POR ENDE, ES FRECUENTE ENCONTRAR SITUACIONES EN QUE UN GRUPO DE PERSONAS COMPRADORES DENOMINADOS OFERENTE ESTAN DISPUESTOS A PAGAR EN UNA OFERTA PUBLICA DE ACCIONES DE UNA PRIMA SIGNIFICATIVA SOBRE EL VALOR DE MERCADO DE UNA DETERMINADA ACCION, CON EL FIN DE ADQUIRIR CONTROL DE LA SOCIEDAD EMISORA.
POR SU LADO, QUE MOTIVACIONES PERSONALES PARA VENDER PUEDE TENER UN ACCIONISTA:
1.- LIQUIDEZ PERSONAL: EN MUCHOS CASOS EL VENDEDOR ES EL FUNDADOR DE LA COMPAÑÍA Y SU RIQUEZA PERSONAL ESTA COMPLETAMENTE INVERTIDA EN ACCIONES DE DICHO NEGOCIO. ES LA OPORTUNIDAD DE COSECHAR EL FRUTO FINANCIERO DE SU PROPIA LABOR.
2.- EXPANSION DEL CAPITAL: LOS ACCIONISTAS DE UNA EMPRESA EN ALGUNAS OCASIONES TIENE LA NECESIDAD DE EFECTUAR UNA SERIE DE INVERSIONES PARA INCREMENTAR LA CAPACIDAD PRODUCTIVA Y LA EXPANSION DE SU COMPAÑÍA Y LO HACEN PONIENDO A DISPOSICIÓN DE TERCEROS DE ACCIONES YA EMITIDAS Y A TRAVES DE LA VENTA Y EMISIÓN DE NUEVAS ACCIONES.
3.- LA ELIMINACION DE PASIVOS PERSONALES CREADOS A TRAVES DE GARANTIAS PERSONALES OTORGADAS SOBRE DEUDAS DE LA COMPAÑÍA.
4.- TRANSICION GENERACIONAL: MUCHOS NEGOCIOS SON CON FRECUENCIA VENDIDOS COMO PARTE DE UN PROCESO DE SUCESION O PARA RESOLVER DISPUTAS PERSONALES.
FUNCION ECONOMICA LA ESTRATEGIA DEL CRECIMIENTO ES UN FACTOR ESENCIAL PARA EL ÉXITO DE UNA EMPRESA. POR EJEMPLO, LAS FUSIONES BANCARIAS GENERAN BANCOS MÁS GRANDES Y SÓLIDOS Y ESO LE PERMITE MAYOR SEGURIDAD A LOS DEPOSITANTES Y MEJORES TASAS DE INTERES PARA SUS CLIENTES. ESTE HA SIDO UN CASO QUE SE HA DADO CON FRECUENCIA EN NUESTRO PAIS COMO LO SON EL CASO DE BBV CON BANCO EXTERIOR ARGENTARIA, BANCO GENERAL CON BANCOMER, HSBC CON EL CHASE MANIATAN BANK. ELLO SE LOGRA PORQUE UN BANCO GRANDE TIENE ACCESO A LOS MERCADOS INTERNACIONALES CON MEJORES CONDICIONES Y POR ENDE LOGRA FINANCIAMIENTOS MAS BARATOS AL IGUAL QUE SINERGIA. SIN EMBARGO, DE TODAS LAS FUSIONES DE BANCOS EN PANAMA, LA UNICA QUE SE DIO POR OPA HA SIDO LA DE BANCO DEL ISTMO QUE ADQUIRIO EL 100% DE LAS ACCIONES DE PRIBANCO, A TRAVES DE SU HOLDING PRIMER GRUPO NACIONAL Y EN DONDE ESTE ULTIMO ERA MUY FUERTE EN BANCA DE CONSUMO (HIPOTECARIA) Y EL PRIMERO MUY FUERTE EN OPERACIONES DENOMINADAS DE BANCA COMERCIAL, UNIENDO DE ESTA FORMA NEGOCIOS COMPLEMENTARIOS. Y LOGRANDO UNA MAYOR EFICIENCIA ADMINISTRATIVA, Y CONSOLIDACION DE OPERACIONES CONTABLES. EN CONCLUSIÓN, EL OBJETIVO DE CUALQUIER OPA DEBE SER MAXIMIZAR LA RIQUEZA DE LOS ACCIONISTAS, YA SEA VENDIENDO O COMPRANDO SU PARTICIPACIÓN ACCIONARIA. ANTECEDENTES A MEDIADOS DE 1960 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS EMPEZO LA LABOR DE LEGISLAR EN EL TEMA DE LAS OFERTAS PUBLICAS DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES ASI EN 1968 SE PROMULGO LO QUE AUN SE CONOCE COMO EL WILLIAMS ACT, CUERPO DE LEYES QUE SE ADICIONO AL SECURITIES EXCHANGE ACT DE 1934. EL MISMO REQUIERE QUE CUALQUIER PERSONA QUE ADQUIERA O SEA DUEÑA DE MAS DEL 5% DE UNA CLASE DE ACCIONES DE UNA COMPAÑÍA REGISTRADA ANTE LA COMISION (SEC) DEBE SUMINISTRAR INFORMACIÓN RELEVANTE A LA SOCIEDAD EMISORA Y AL ENTE REGULADOR DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A LA ADQUISICIÓN DEL PORCENTAJE A QUE HACE REFERENCIA LA LEY. EL PRINCIPAL PROPÓSITO DEL WILLIAMS ACT ES LA PROTECCIÓN DEL INVERSIONISTA QUE SE VE CONFRONTADO CON UNA OFERTA PUBLICA DE ACCIONES Y QUE LOS MISMOS NO SE VEAN OBLIGADOS A TOMAR UNA DECISIÓN SIN LA INFORMACI0N ADECUADA. UNA DE LAS SECCIONES MAS INTERESANTES DEL WILLIAMS ACT ES LA NORMA QUE CONSIDERA ILEGAL LA COMPRA DE TITULOS VALORES QUE SERAN OBJETO DE UNA OFERTA PUBLICA DE ACCIONES CUANDO EL COMPRADOR ESTA EN POSESION DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA DEL OFERENTE O DE LA SOCIEDAD EMISORA Y NO ES DE CONOCIMIENTO PUBLICO. PODEMOS ENTONCES DEFINIR EN PRIMERA INSTANCIA EL TERMINO OPA COMO LA OFERTA PARA ADQUIRIR A TITULO ONEROSO BAJO CIERTAS CONDICIONES ACCIONES DE UNA SOCIEDAD U OTROS VALORES QUE PUEDAN DAR DERECHO DIRECTA O INDIRECTAMENTE A LA SUSCRIPCIÓN O ADQUISICIÓN DE ACCIONES. ESTAS OFERTAS DE ADQUISICIÓN PUEDEN SER AMIGABLES U HOSTILES. LA OPA ES UNA FORMA DE ADQUIRIR UNA EMPRESA O ADQUIRIR UNA PARTICIPACIÓN SIGNIFICATIVA EN EL CAPITAL DE LA MISMA. EL TERMINO OFERTA PUBLICA DE ACCIONES NO ESTA PROPIAMENTE DEFINIDO EN EL DECRETO LEY 1 DE 8 DE JULIO DE 1999. SIN EMBARGO LA LEY A TRAVES DE ALGUNAS DEFINICIONES DEL ARTICULO 1 Y CIERTAS EXCEPCIONES QUE DISPONE EL ARTICULO 83 NOS DA UNA MEJOR COMPRENSION DE LO QUE SIGNIFICA OFERTA PUBLICA DE ACCIONES. VEAMOS CUALES SON: OFERTA DE COMPRA: ES TODA DECLARACIÓN, PROPUESTA O MANIFESTACIÓN QUE SE HAGA CON EL OBJETO DE ADQUIRIR VALORES CONTRA EL PAGO DE UNA CONTRAPRESTACIÓN, ASI COMO TODA SOLICITUD DIRIGIDA A INDUCIR A UNA PERSONA A HACER UNA OFERTA DE VENTA CONTRA EL PAGO DE UNA CONTRAPRESTACIÓN. ACCION O ACCIONES INCLUYE ACCIONES, YA SEAN COMUNES O PREFERIDAS, CUALESQUIERA CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN O DE INVERSION Y CUALESQUIERA OTROS TITULOS O DERECHOS QUE REPRESENTEN UN INTERES PARTICIPE EN UNA SOCIEDAD ANÓNIMA U OTRA PERSONA JURÍDICA O FIDEICOMISO, ASI COMO LOS TITULOS CONVERTIBLES EN ACCIONES, LOS QUE OTORGUEN DERECHO A SUSCRIBIR O COMPRAR ACCIONES, ASI COMO CUALESQUIER OTROS VALORES CON CARACTERÍSTICAS SIMILARES SEGÚN LO DETERMINE LA COMISION. ES IMPORTANTE RESALTAR QUE EL TERMINO ACCION INCLUYE TAMBIEN CUALQUIER OPCION QUE PUDIESEN TENER UN TERCERO LLAMESE ACREEDOR O EMPLEADO DE CONVERTIR SU TITULO EN ACCIONES COMUNES DE LA SOCIEDAD AFECTADA. ESTAS INCLUYEN EN EL COMPUTO DE LA OPA CUANDO EL TITULAR TIENE DERECHO A REALIZAR LA CONVERSIÓN O SUSCRIPCIÓN DENTRO DE LOS 12 MESES SIGUIENTES AL MOMENTO QUE EL OFERENTE PUBLICA LA OPA HACE EL CALCULO. LAS OPA’S POR LO GENERAL SON OFERTA DIRIGIDAS A ACCIONES CON DERECHO A VOTO DECRETO LEY 1, ARTICULO 83: OFERTAS EXENTAS ESTAS EXENTAS DE REGISTRO EN LA COMISION LAS SIGUIENTES OFERTAS, VENTAS Y TRANSACCIONES EN VALORES: (1) (2) (COLOCACIÓN PRIVADA) LAS OFERTAS DE VALORES QUE HAYAN SIDO HECHAS POR UN EMISOR O POR UNA PERSONA AFILIADA, EN SU CONJUNTO, A NO MAS DE VEINTICINCO PERSONAS, O CUALQUIER OTRA CANTIDAD DE PERSONAS QUE ESTABLEZCA LA COMISION, Y QUE JUNTAS RESULTEN EN LA VENTA DE DICHOS VALORES A NO MAS DE DIEZ PERSONAS, O CUALQUIER OTRA CANTIDAD DE PERSONAS QUE ESTABLEZCA LA COMISION, DENTRO DE UN PERIODO DE UN AÑO. A CONTRARIO SENSU SE CONSIDERA QUE LA OFERTA ES PUBLICA SI VA DIRIGIDA A MAS DE 25 PERSONAS Y QUE RESULTE EFECTIVAMENTE EN UNA COMPRA A MAS DE 10 PERSONAS. ESTA POSICION POR PARTE DE LOS REDACTORES DE LA LEY DE NO DEFINIR LO QUE ES UNA OFERTA PUBLICA DE VALORES ESTA DIRECTAMENTE RELACIONADA CON LA DINAMICA Y EVOLUCION DE ESTE TIPO DE TRANSACCIONES Y LA NECESIDAD DE INTERPRETAR FLEXIBLEMENTE EL DECRETO LEY 1 DE 1999, PARA CUMPLIR CON SU FUNCION PRIMORDIAL QUE LO ES LA PROTECCION DE LOS INVERSIONISTAS. LA REALIDAD ES DE QUE ALGUNAS PERSONAS TRATAN DE EVADIR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY, A TRAVES DE NEGOCIACIONES PRIVADAS O METODOS PARA LA COMPRA DE ACCIONES A TRAVES DE BOLSAS DE VALORES. DEBE SER SIEMPRE LA PRESUNCION DE NUESTRA COMISION NACIONAL DE VALORES DE QUE ESTE TIPO OPERACIONES SON OFERTAS PUBLICAS DE ADQUISICION Y POR ENDE TRANSACCIONES SUJETAS A LA LEY Y SUS FORMAS DE PROCEDER.